Recurrir Multas
Recurrir multas se ha convertido en práctica habitual en los últimos tiempos. Si lees los medios de comunicación, de más del millón de multas impuestas durante el estado de alarma, solo unas 7000 acabaron en sanción. En este caso, las razones apuntan a la gran acumulación de expedientes en un período tan corto y la manifiesta imposibilidad de efectuar la correspondiente notificación en tiempo y forma. Sin embargo, conviene analizar este fenómeno detenidamente.
¿Qué son las multas?
Las multas son la materialización de la potestad sancionadora de la Administración. Esta potestad es la capacidad de las administraciones públicas para corregir y vigilar la actuación de los ciudadanos. Es el castigo correspondiente a una infracción, generalmente, de carácter pecuniario.
¿Puedes impugnar las sanciones administrativas?
Todas las sanciones administrativas las puedes impugnar o recurrir. Para ello cuentas con un sistema de recursos administrativos que al agotarlos o si fallan te dejan la vía abierta al recurso judicial.
El procedimiento administrativo es gratuito. Sin embargo, para el recurso judicial ante la jurisdicción Contencioso-Administrativa debes acudir asistido de procurador y abogado.
¿Dónde se regula la potestad sancionadora de la Administración?
La potestad sancionadora se regula en los artículos 25 a 31 de la Ley 40/2015 y el procedimiento sancionador, en la Ley 39/2015. Sin embargo, es una regulación muy general. En la práctica, cada procedimiento sancionador puede tener sus particularidades y variar respecto a sus órganos competentes, los plazos, las formas de iniciarlo o acabarlo, etc.

Los principios que deben respetar las multas
Entender estos principios son vitales porque es precisamente el incumplimiento de alguno o algunos de ellos los que permiten anular buena parte de las multas.
LEGALIDAD
No pueden sancionarte por una acción o una omisión que no se reconozca en alguna ley vigente como infracción. Este principio somete al procedimiento sancionador a la ley lo que implica tres efectos inmediatos:
- Solo los órganos sancionadores pueden castigar infracciones. Las fuerzas y cuerpos de seguridad pueden interponer una denuncia si cometes una infracción administrativa pero no pueden castigarte por ello.
- Deben iniciar el procedimiento sancionador regulado en el Ley.
- Dispones, por tanto, de los recursos y presunciones que la Ley habilite para tu defensa.

TIPICIDAD
Solo pueden sancionarte por acciones u omisiones que estén descritas como infracciones en las leyes administrativas. Esto conlleva las siguientes implicaciones:
- Si tu conducta no coincide exactamente con esa descripción no puedes ser sancionado.
- Junto a la descripción de la infracción, la norma también debe reflejar la sanción asociada. En este sentido las infracciones se clasifican en leves, graves y muy graves y a cada una le corresponde un tipo de sanción y no se puede aplicar otro.
RESPONSABILIDAD
Solo pueden sancionarte si has sido responsable de las acciones u omisiones a título de dolo o culpa. No puedes ser castigado por eventos sobre los que no tienes ningún control o los derivados de fuerza mayor.
IRRETROACTIVIDAD
No te pueden sancionar por una acción cometida anterior a su regulación en la ley.
PROPORCIONALIDAD
Una sanción administrativa debe adaptarse a la gravedad de la infracción y a sus circunstancias concurrentes. Para determinar la gravedad, se fijan en elementos como el grado de culpabilidad o intencionalidad, persistir en la conducta, reincidencia, naturaleza de los perjuicios, etc.
NON BIS IN IDEM
No pueden aplicarte más de una sanción por la misma infracción.
PRESCRIPCIÓN
Tanto las infracciones como las sanciones se vinculan a un espacio de tiempo, pasado el cual, no son exigibles. Cada norma sancionadora puede establecer sus plazos pero si no los especifica son los siguientes:
- Infracciones: las leves prescriben a los seis meses, las graves a los dos años y las muy graves a los tres años.
- Sanciones: las leves prescriben al año, las graves a los dos años y las muy graves a los tres años.
TE AYUDAMOS A RECURRIR TUS MULTAS
El incumplimiento de cualquiera de estos principios te sirve para recurrir multas de tráfico, multa por no llevar mascarilla, por exceder el tiempo en zona azul o por cualquier otra razón. Si no sabes por dónde empezar, no te preocupes. Nosotros recurrimos todas tus multas.